Las Sicav, nada de sexo, muchas mentiras y alguna cinta de video

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¿Quienes son realmente los tiburones y quienes los pececitos inofensivos?.

Aunque quizás este es un tema muy aburrido, he decidido escribir sobre el ya que, lleva mas de 12 meses en todos los titulares de la prensa económica general y casi en la del corazón. No se si incluso Belén Esteban ha realizado alguna declaración pública, aunque si es así por favor, me interesa mucho conocer su opinión. Por suerte, que yo sepa Isabel Pantoja y Julián Muñoz no tienen ninguna Sicav, aunque la verdad no me extraña ya que son vehículos demasiado transparentes a la CNMV, a Hacienda y a todas las administraciones públicas, para hacer chanchullos. Pregúntale a cualquier taxista, obrero, trabajador de la construcción, dependienta de supermercado o contertuliano de radio y TV, y os lanzarán una rabiosa diatriba, eso si muy corta, sobre que las sicav son un fraude y que los ricos no pagan impuestos. Peor aun, se han publicado artículos de “teóricamente especialistas económicos o fiscales” cuyo argumento contra la sicav era que los inversores de sicav solo pagan el 1% de impuestos y en cambio los de un fondo de inversión pagan el de plusvalías (ahora del 19% al 21% según importes) ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡, es alucinante el atrevimiento en este país en escribir sobre temas que no se conocen, y sin ningún rubor.

La política demagógica en el País Vasco, donde se incrementaron la tributación del 1% al tipo del impuesto de Sociedades para las domiciliadas allí, ha provocado que prácticamente todas acaben yéndose a Madrid o se liquiden, con lo que los profesionales del sector y empresas que llevan toda una vida profesional han perdido clientes, o han tenido que compartir sus márgenes con grandes bancos en Madrid, que han sido los beneficiados. Los vascos ya perdieron el control del BBVA y han debilitado ahora su potente industria financiera. Me parece increíble como Patxi Lopez ha permitido una decisión tan estúpida, por la que el País Vasco solo pierde.

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“Dios mío como actúan algunos políticos, y una parte de la Sociedad”.

Voy a explicar muy rápidamente la fiscalidad de las sicav, para aclarar tantas tonterías:

1. Las sicav son juridamente IIC (Instituciones de Inversión Colectivas) y tienen la misma consideración que los fondos de inversión. Las normas jurídicas y fiscales de las sicav y fondos son las mismas en un 99%. Se rigen por la Leyes españolas sobre IIC, y la única diferencia radica en que la Sicav son Sociedades (SA) y los fondos no tienen personalidad jurídica y son propiedad de las gestoras de fondos (SGIIC). Sus inversores-ahorradores, participes en el caso de fondos y accionistas en el de sicav, tributan por plusvalías cuando venden su inversión, al mismo tipo que si vendes unas acciones o una vivienda por ejemplo. Es el Fondo o la sicav, es decir los vehículos, los que solo tributan con el 1% en el impuesto de sociedades, al igual que en toda Europa.

2. Toda la normativa legal de las llamadas IIC (fondos y sicav) esta fijada en varias directivas europeas, que definen las características de estos vehículos. Por tanto las sicav española son exactamente igual que las francesas o las luxemburguesas por ejemplo. Es por tanto un vehiculo transfronterizo y cualquier europeo puede crearlo sin problemas en cualquier país, aunque hay países mas caros y otros mas eficientes. España es de los mas eficientes ya que con 2,4 millones de Euros (siempre cash y desembolsado íntegramente) tienes unos costes de funcionamiento razonables (del 0,2% al 0,5% anual).

3. Las sicav tiene solo dos pequeñas diferencias con los fondos de inversión, primero que el inversor es quien tiene el poder y no la Entidad financiera, ya que se celebra Junta General de Accionistas donde se aprueban las cuentas y pueden decidirse los cambios que los inversores-accionistas estimen oportunos. Esto es muy positivo para evitar los continuos abusos bancarios que todos vemos cada día en el país. Tiene en cambio una diferencia que penaliza a las sicav, que es que en la mayoría de ellas sus inversores no pueden traspasar su inversión a otra sicav o fondo de inversión sin tributar como si puede hacerse entre los fondos. La segunda diferencia y objeto de mucha polémica es que, al ser una SA puede reducir capital y devolver dinero del capital aportado a sus accionistas. Como es una devolución de capital, de las aportaciones de socios, no tributas a hacienda, como lo que ocurre con cualquier SA vaya. La consecuencia de realizar una reducción de capital con devolución de aportaciones, es una disminución den el coste de adquisición a efectos tributarios. Por tanto se produce un diferimiento en el pago de los impuestos sobre plusvalías, si es que hay beneficios. De hecho, solo puedes reducir capital si tienes reservas acumuladas de beneficios históricos. Siendo totalmente legal, en mi opinión muchas importantes sicav del país han usado este instrumento de forma exagerada, retirando dinero si tributar varias veces y retrasando la tributación para el futuro, que claro puede ser sine die. En cierta forma podría ser considerado un fraude de Ley. En mi opinión la asociación de inspectores de hacienda que han abanderado continuamente las manifestaciones para abolir las sicav, quizás deberían centrarse en actuar sobre este punto.

Estamos en un momento delicadísimo de las cuentas públicas en España como para incentivar a que el dinero se vaya a países como Luxemburgo o irlanda que hacen competencia desleal al resto de países europeos al tener leyes que potencian la menor fiscalidad y mayor seguridad jurídica para que crees tu Fondo inversión o sicav allí. Pero claro a cambio debes pasar por caja y pagar unas tarifas, honorarios y costes de funcionamiento mas de 10 veces superior a lo que cobra el mismo profesional en España, y con mucho peor servicio. Pero es que además la mayoría del patrimonio de Fondos y sicav en España esta invertido en valores de Renta fija y variable nacional pero especialmente en Deuda publica española, y últimamente en depósitos bancarios el 100% de bancos españoles, lo que es básico para poder financiar el creciente déficit publico español y al sistema financiero. En España existen unas 3.300 sicav con unos 25.000 mill. Euros de patrimonio y disminuyendo.

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“Estamos horrorizados” ¡¡¡¡.

Que sepáis que además, a raíz de la fortísima crisis de los mercado financieros, el 90% de la sicav en España podrían estar por debajo del capital mínimo (2,4 millones de Euros), por lo que si en 12 meses no lo recuperan deberán liquidarse, pagar muchos gastos y los impuestos pertinentes. Por tanto seguramente en uno o dos años se habrán muerto un gran número de las sicav actuales.

Yo que he criticado en muchos casos el actual gobierno socialista, muchas de ellas con medidas demagógicas que perjudican mucho al país a medio y largo plazo, me alegra mucho ver que al menos esta vez el ministerio de Economía de Elena Salgado, ha dejado a un lado la demagogia, aplicando una norma justa, la de eliminar las reducciones de capital en sicav españolas y en cualquier país del mundo, e inteligente, ya que entró en vigor un día antes de su anuncio, evitando el periodo hasta fin de año para realizarlas. Espero que el Gobierno continúe aplicando medidas que promuevan que el dinero de todos se quede en España y además que el dinero de fuera retorne, el país necesita hoy todo el dinero posible y mas.

Te pido por favor que imprimas esta explicación y cuando por la calle al comprar una lata de garbanzos en un supermercado, oigas a alguien gritar contra los especuladores, los capitalistas, los Hedge Funds y las sicav por favor déjale disimuladamente este documento, pero que no te vea nadie no sea que luego tengas problemas con algún “piquete informativo anti-sicav”.

PD: Yo soy el Presidente de Koala Capital Sicav, una sicav con casi 300 inversores, cotizada en bolsa, con mas de 11 millones de Euros y en el que ningún inversor tiene mas del 9% del total. Por tanto quizás no soy objetivo, pero al menos quien critique las sicav que lo haga con un mínimo de criterio, tanto si es un “experto” como si es alguien que nunca había oído hablar de ellas como la mayoría hasta hace 1 o 2 años.

(Artículo publicado hoy en Elconfidencial.com y Cotizalia.com)

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16 Responses

  1. Remo

    Sobre la retroactividad que ha anunciado Salgado, dudo que realmente no sea recurrible con la Ley General Tributaria en la mano.

    Aplicar la retroactividad en la gestión y cuantificación de la base imponible va en contra del propio sistema tributario.

  2. Ramón

    Unas dudas, en cuanto a las devoluciones de capital. ¿Tienen un límite? Por ejemplo, si se constituye una sicav con un capital de 3 millones, se podrán devolver 3 millones como máximo. ¿Es posible, que al sustituir esos 3 millones por reservas, puedan devolverse también las reservas? ¿No tienen un capital mínimo que mantener, por ejemplo esos 2,4 millones necesarios para crearla?
    Un abrazo, leo tu blog todos los días.

  3. Emilio

    Apreciado Marc,

    Estoy de acuerdo con combatir la demagogia barata que rodea el tema de las SICAV’s. Además, como fiscalista, me enciende la cantidad de tonterías y de datos inciertos/inexactos/confusos, por no decir, falsos, que se mencionan y se proclaman en los medios de comunicación.

    Ahora bien, contrariamente a lo que indicas, no estoy de acuerdo con la medida o propuesta del Gobierno, tanto por las dudas acerca de la constitucionalidad de la aplicación retroactiva de la norma, como del hecho de discriminar subjetivamente a un tipo de sociedad (todas las sociedades mercantiles pueden reducir capital).Además, debe tenerse en cuenta que, en principio, las reducciones de capital tienen un límite legal (el capital mínimo social) y fiscal (las aportaciones efectuadas por el socio). Piensa que, entonces resultará que si la SICAV tiene pérdidas, con el nuevo sistema, el socio podría llegar a tributar sólo por el hecho de intentar recuperar parte de su dinero invertido (o sea, una patada en la entrepierna).

    En mi modesta opinión, la solución pasa por algo bastante más sencillo: que la Inspección de Tributos de la Agencia Tributaria introduzca en el plan de Inspecció a las 3.300 SICAV y, mediante el oportuno expediente de comprobación (aplicando la antesdenominada figuras del Fraude de Ley y/o Simulación), regularice y aplique el tipo impositivo correspondiente a aquellas SICAV fraudulentas (normalmente organizadas por una entidad financiera, básicamente banca privada, para el ricachón de turno, en la que un único socio tiene alrededor del 99% del capital). Todos los que nos movemos por este mundo sabemos que existen varias entidades financieras que van ofertando estas SICAV’s “al uso” (incluso os podría pasar un PowerPoint de una de las mayores entidades financieras de este pais).

    Disculpa esta disgresión, pero en mi materia, la tributación, últimamente, el legislador opta siempre por penalizar al colectivo porque ha existido cierta zona de grises en el redactado que ha permitido a unos pocos eludir o minimizar la tributación (véase, las Stock Options, las bonificaciones a la reinversión, las SICAV’s, etc). Es decir, en lugar de dotar de medios y recursos al órgano supervisor competente (en este caso, la Inspección de Tributos) se opta por eliminar cualquier opción de planificación u optimización fiscal. Pero si ello no fuera suficiente, lo que duele es que, aparte de tener pocos medios, a la Agencia Tributaria no le dejan “morder” o sancionar las actuaciones fraudulentas de determinadas personas físicas/jurídicas. Para mí, ese es el verdadero escándalo de las SICAV’s.

    En cualquier caso, Marc, ánimo con Koala, que allí seguiremos.

  4. elartistamadridista

    Lo que está claro es que una institución en la que un partícipe tiene prácticamente el 100% del capital NO es una institución de inversión colectiva (ya sé que no es tu caso). Si se quiere dar un vehículo a particulares para que inviertan directamente sin tener que pagar peaje fiscal por cada operación (cosa que me parecería muy bien, no veo por qué hay que beneficiar a los fondos de inversión otorgándoles ese beneficio en exclusiva) debería hacerse simplemente.
    El hecho de que se requiera un número de partícipes (100 si no recuerdo mal) y sin embargo se permita cumplir este requisito de forma puramente formal, sin que se exija que la colectividad de los partícipes sea auténtica, es muy dañino socialmente, pues se crea la percepción (justificada en este caso) de que las leyes no afectan a los ricos.
    Si el común de los contribuyentes intentaran utilizar en sus relaciones con Hacienda trucos tan burdos (y totalmente trasparentes, ya que todo esto se hace a plena luz del día) como el de los mariachis, sin duda se encontrarían con que a ellos sí se les aplica el artículo 6.4 del Código Civil.
    Si es fraude de ley, la CNMV es culpable de negligencia y quizá de prevaricación por su inacción(nada nuevo bajo el sol). Si por algún motivo de técnica jurídica no es fraude de ley, entonces son nuestros queridos legisladores los responsables, pues crean una norma sabiendo (no pueden fingir ignorancia con la repercusión mediática del asunto) que puede ser despreciada impunemente. No veo una tercera alternativa.
    Un saludo

  5. Marc Garrigasait

    Remo, esta vez creo que el tema retroactividad es muy poco polémico ya que es sobre un plazo muy corto.

    Ramon es un tema muy legal y yo no soy experto. Obviamente no puedes devolver todo el capital ni mucho menos, pero ahora mismo no sabría decirte la formula legal exacta. El patrimonio mínimo debe siempre mantenerse (unos 2,4 mill. euros ajustados al % reducción de capital). No creo se pueda reducir capital por ejemplo por la mitad de toda la sicav.

  6. Marc Garrigasait

    estimado Emilio, tu eres el experto fiscal, es cierto que la prohibición de reducciones de capital a Sicav pueda ser discriminatorio al ser una SA, pero no me parece mal, al evitar que inversores con control en una Sicav realicen fuertes reducciones y aplazen los pagos de plusvalías (siempre que existan, que estos años pocas tienen). Quizás es un poco tirar por la calle de enfrente, pero creo es una norma que no rompe equilibrios que con otras normas lo harian.

  7. Marc Garrigasait

    Artistamadridista, veo conoces muy bien la operativa con sicav. Tienes razon en parte pero solo quería apuntar una cosita. En Luxemburgo hay fondos-sicav con menos de 100 inversores, bastantes menos, y tienen pasaporte europeo porque su regulador lo ha decidido. En este caso, por ejemplo, incluso puede comercializarse en España y recibir traspasos ya que a efectos de la CNMV, es Luxemburgo donde está domiciliado el producto y quien decide si es IIC.

    Para mi, o las normas son claras y iguales en toda Union Europea o sino algunos paises pueden aprovecharse que otros son mas estrictos como Francia, Alemania, España…..)

  8. Ramón

    La necesidad de compartir legislación dentro de la Unión Europea es muy necesario en éste y otros asuntos, creo yo, por los motivos que señala Marc.

    Por otra parte, me parece que Emilio tiene mucha razón al reclamar una solución más sencilla para evitar los fraudes de ley. Lo que necesita la Agencia Tributaria son las herramientas necesarias para hacer cumplir las leyes, no más leyes para ir parcheando otras anteriores.

    Un saludo a todos los lectores del blog

  9. Koldo

    Hola Marc:

    Excelente artículo. Gracias.

    Un par de cuestiones.

    En primer lugar comentarte que quizás no soy objetivo porque llevo casi dos años buscando la formula para gestionar mi propio “fondo” abierto a terceros por lo que obviamente hay cosas que me parecen muy injustas cuando veo que el problema final es que la normativa española discrimina únicamente por razón de la cantidad de dinero que tienes para comenzar.
    Aclarar también que como dice “elartistamadridista” el problema y la mala imagen de las Sicavs procede del “mal uso” que por motivos fiscales se ha hecho de esta figura.

    Pero en mi opinión aun cuando se limiten esos abusos fiscales (reducciones, mariachis…) habituales en la mayoría de las SICAVS constituidas únicamente por motivos tributarios, las SICAVS que yo denomino “legales” (como la tuya, que es por cierto a lo que yo aspiro) siguen gozando de tratamiento tributario preferente respecto a los que no tenemos el importe necesario para arrancar una Sicav o en general los inversores de a pie.

    Existe un concepto financiero trascendental, que a buen seguro tu manejas a la perfección, pero que la mayoría de los inversores, incluido profesionales, les suena a chino. Se trata del INTERES COMPUESTO.
    Hasta ahora en las decenas de artículos que he leído sobre SICAVS nunca he visto una mención al respecto. No me resulta extraño porque a lo largo de nuestra vida estudiamos y nuestros hijos estudian todo tipo de “chorradas” que jamás van a utilizar y sin embargo algo tan básico para las finanzas personales de cualquier persona pasa prácticamente desapercibido.

    La posibilidad de que los dividendos y plusvalías en una Sicav queden diferidas en el tiempo puede llegar a marcar la diferencia entre una inversión normalita y una buena inversión. Poder disponer de ese “crédito del estado al cero por ciento” e invertir ese importe durante años supone bastante dinero al menos en el tipo de inversión que yo practico.

    Veamos, simplificando:
    Cinco millones de euros al 10% durante 25 años se convierten en 54.173.530, pagamos entonces el 21% y nos quedan netos de impuestos 42.797.088. (Por simplificar no tengo en cuenta el 1%)

    Los mismos 5 millones sin ese “crédito al cero por ciento” que el estado le concede a la Sicav durante 25 años y no al ciudadano de a pie son “tan solo” 34.109.658.

    Concluimos claramente dos cosas:
    a) Como funciona esa maquina superpoderosa del interés compuesto que dicen, Einstein llamaba la octava maravilla del mundo.
    b) Que invertir a través de una Sicav (sin tener en cuenta el uso retorcido de la figura) es mucho mejor que hacerlo como particular aun cuando el tipo impositivo sea el mismo (21%)

    Me dirás; claro para eso tienes los fondos. Ya, pero es que yo no quiero invertir a través de fondos porque considero que lo puedo hacer bastante mejor y además ningún fondo se ajusta a mi tipo de inversión (no me gusta diversificar en exceso).

    Sinceramente me parece más justo que cada persona pueda decidir si quiere invertir a través de una gestora o pueda hacerlo por si mismo y el tratamiento fiscal debería ser el mismo. Como sabes en USA hay cuentas corrientes (IRA) que permiten que el movimiento de acciones dentro de esas cuentas no tribute hasta que no se retire de la cuenta. Una figura similar no vendría mal.
    Otra posibilidad seria rebajar los límites para funcionar con una Sicav, lo mismo que existen S.A y S. L.

    Me parece triste que quien quiera gestionar, como es mi caso, tenga que estar valorando opciones como la de Luxemburgo simplemente porque la regulación financiera es más flexible. También en USA es mucho más sencillo a través de las “incubadoras de Hedge Funds” que permiten con un “track record” acudir a la búsqueda de inversores. El problema es que todo eso “suena a montajes tributarios” y nada más lejos de la realidad. La única custión es que en España si quieres empezar a gestionar necesitas mucho, mucho dinero.

    Yo soy partidario:
    1) Acabar con las SICAVS constituidas únicamente con motivos tributarios (las de los “mariachis”).
    2) Como contrapartida flexibilizar la creación de SICAVS u otras figuras que funcionen como verdaderas IIC para evitar que algunos tengamos que emigrar para realizar nuestro sueño.

    Nota: Cualquier información sobre constitución de Sicavs (gastos, normativas más favorables…) u otros instrumentos de inversión colectiva la agradeceré mucho

    Koldo
    MoatCapital@gmail.com

  10. Marc Garrigasait

    Koldo, disculpa el retraso, pero tu interesante escrito se merece una larga respuesta. En primer lugar, gracias por compartirlo con todos. Vamos a ver:

    1. Yo también estuve luchando, como tu ahora, para alcanzar un volumen suficiente de clientes (2,4 mill. Euros como mínimo) para poder iniciar una sicav.

    2. Has tocado un concepto muy importante, siempre que haya beneficios, que es el del interes compuesto. Por ejemplo en Koala cap. sicav obtuvismosel 2009 un +15,23% de rentabilidad neta de todas las comisiones y gastos de funcionamiento (auditorias, abogados, registros legales, tasas CNMV, tasas Bolsa, y gastos administración y gestion). Este +15,23% es limpio de impuestos (1% s/sociedades) por lo que pudimos reinvertirlo continuamente y las ganancias de este año de alrededor del 7% que lleva Koala son sobre el principal y beneficios del año anterior con lo que el interés compuesto va trabajando. Sin duda a 5-10 años vista este concepto es clave para la rentabilidad de los accionistas-inversores.

    3. Estoy de acuerdo totalmente en que deberían existir los IRA’s americanos o los planes de ahorro, que creo existen aun en Francia. Esto permitiría a quien gestione su patrimonio conseguir el “interes compuesto”, que tal y como tu explicas es muy importante.

    4. Unicamente discrepo contigo en que fuera posible crear una sicav con importes minimos muy inferiores a los 2,4 mill. Euros. Ojala fuese posible, pero si haces números veras como es imposible pagar a los auditores, al regulador, a abogados, al banco depositario, a la bolsa si el patrimonio del vehiculo no esta por encima de almenos los 2 mill. Euros. De hecho, cuando digo que en España la industria es muy competitiva, es porque no es facil encontrar paises que con un volumen de 2,4 mill., los costes de funcionamiento no se coman una muy buena parte de la rentabilidad de los inversores.

    Por desgracia, creo que es casi imposible encontrar una solución para poder gestionar un producto de inversión colectiva, auditado y regulado con un patrimonio inferior al actual. No se trata de un tema legal sino de costes reales. Ojala alguien encuentre una solución maravillosa pero lo dudo.

    Yo puedo si quieres proporcionarte información sobre costes y gastos para una sicav

  11. Buenavistamadrid

    Hola buenas a todos. A ver si me podéis ayudar ha aclararme un poco.

    No tengo mucha idea de economía, el tema está en que tengo un dinero con el que en el banco en el que lo tengo, el chico de banca privada me comenta de montar una sicav, me lo ha explicado y me dice que es lo mejor.
    Como no entiendo, voy a otro banco y me dice que no, que ahora no es buen momento para sicav y que les están apretando mucho, y me dice que lo mejor es meter el dinero en:
    -(Para mis padres) una renta vitalicia + renta fija +bonos de la generalitat + bonos de 4 sitios más + un fondo 90/10.
    -(para mí) menos la renta vitalicia lo mismo que ha mis padres + un fondo 80/20 + otro fondo en países emergentes + una pequeña parte en alto riesgo.
    El viernes voy a otro banco ha ver que me dicen. Porque me ha sorprendido muchísimo que me intenten vender productos tan distintos.

    gracias anticipadas.

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